Aviso de Publicidad COFEPRIS: la guía paso a paso para publicitar tu consultorio sin multas (2026)
Equipo Meducatron · · 10 min de lectura
No es solo para médicos: odontólogos, fisioterapeutas, psicólogos y nutriólogos también necesitan el Aviso de Publicidad para anunciarse legalmente en México. Guía completa del trámite en DIGIPRiS.
¿Tienes página web, perfil profesional en Instagram o Facebook, anuncios pagados o apareces en un directorio médico? Entonces, ante la ley mexicana, ya estás haciendo publicidad sanitaria y COFEPRIS exige que la notifiques antes de difundirla.
La buena noticia: para profesionales de la salud que ejercen de forma independiente, el trámite se llama Aviso de Publicidad, es gratuito, se hace 100% en línea y puedes resolverlo en una tarde si llegas con los documentos correctos.
Esta guía está pensada para médicos, odontólogos, fisioterapeutas, psicólogos y nutriólogos que quieren empezar a publicitar su consultorio privado y no saben por dónde empezar. Vamos paso a paso.
¿Qué es el Aviso de Publicidad y por qué te aplica (aunque "solo" tengas redes sociales)?
El Aviso de Publicidad es una notificación que presentas ante COFEPRIS para informar que vas a difundir publicidad sobre tus servicios profesionales de salud. Está fundamentado en el artículo 86 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, que incluye expresamente las actividades profesionales, técnicas, auxiliares y las especialidades médicas.
Aquí está el punto que sorprende a la mayoría: la definición de "publicidad" es mucho más amplia de lo que crees. Cuenta como publicidad sanitaria:
- Tu página web con descripción de servicios
- Tus perfiles profesionales en redes sociales donde hablas de procedimientos o tratamientos
- Anuncios pagados en Google, Meta o TikTok
- Tu perfil en directorios médicos digitales
- Volantes, lonas, espectaculares y tarjetas de presentación
- Entrevistas o colaboraciones donde promociones tus servicios
Es decir: si eres nutrióloga y publicas en Instagram sobre tus planes de alimentación, o fisioterapeuta con una página que describe tus terapias, el trámite te corresponde. No es opcional ni exclusivo de "los que pagan anuncios".
Un detalle importante: es un trámite informativo, no una autorización. Tú declaras qué vas a publicitar y en qué medios, presentas la información del responsable sanitario, y una vez aceptado el aviso puedes difundir tu publicidad. COFEPRIS te asigna un número de aviso que debes incluir en tus anuncios y publicaciones.
Aviso de Publicidad vs. Permiso de Publicidad: no los confundas
Este es el primer error que comete mucha gente, así que dejémoslo claro desde ahora.
Aviso de Publicidad:
- Para profesionales de la salud que ejercen de forma individual (consultorio privado)
- Gratuito
- Trámite en línea, vía DIGIPRiS
- Se resuelve al presentarlo correctamente
Permiso de Publicidad:
- Para clínicas, hospitales y grupos médicos
- Con costo (varias decenas de miles de pesos)
- Trámite más largo y riguroso: COFEPRIS revisa y aprueba el contenido antes de publicarlo
- Puede tardar de 60 a 90 días
Si eres un profesional independiente con tu consultorio, lo tuyo es el Aviso. Si operas como clínica con múltiples especialidades o razón social de servicios hospitalarios, necesitas asesoría específica para el Permiso — ese caso queda fuera de esta guía.
El requisito previo que casi nadie tiene: el Aviso de Funcionamiento
Aquí es donde se atora la mayoría. Para tramitar tu Aviso de Publicidad, primero necesitas tener dado de alta tu Aviso de Funcionamiento (y tu responsable sanitario) en DIGIPRiS.
El Aviso de Funcionamiento es el documento con el que notificas a COFEPRIS que tu consultorio opera legalmente. Es también gratuito y en línea (homoclave COFEPRIS-05-018), y suele presentarse junto con el aviso de responsable sanitario. Para un consultorio sin procedimientos quirúrgicos, es un aviso — no una licencia sanitaria.
Muchos profesionales descubren que les falta este paso justo cuando quieren empezar a anunciarse, y eso retrasa toda su estrategia. Así que verifica primero:
- ¿Ya tienes tu Aviso de Funcionamiento en DIGIPRiS?
- ¿Ya está registrado tu responsable sanitario? (En un consultorio propio, normalmente eres tú.)
Si la respuesta es no, ese es tu paso cero. Ojo con un detalle de la plataforma: DIGIPRiS no permite editar el nombre del establecimiento ni la dirección una vez registrados — si te equivocas ahí, tendrás que dar de baja el establecimiento y darlo de alta de nuevo. Revisa dos veces antes de confirmar.
Documentos que necesitas antes de empezar
Ten todo esto a la mano antes de entrar a la plataforma. Llegar preparado es la diferencia entre terminar en una sesión o abandonar a la mitad:
- e.firma vigente (del SAT). Sin ella no puedes firmar el trámite. Si está vencida, renuévala primero — ese trámite es del SAT, no de COFEPRIS.
- Cédula profesional registrada ante la SEP. Si eres especialista, también tu cédula de especialidad.
- Título profesional escaneado.
- Tu Aviso de Funcionamiento ya presentado (paso anterior).
- Proyecto de publicidad: una descripción clara de qué van a decir tus anuncios y en qué medios aparecerán (página web, redes sociales, anuncios pagados, impresos, etc.).
- Documentos que sustenten las afirmaciones de tu publicidad, si haces alguna afirmación específica sobre resultados o técnicas.
Sobre el proyecto de publicidad, dos reglas de oro que aplican a todas las profesiones de la salud:
- Nada de "curación garantizada" ni promesas de resultados. La publicidad debe ser veraz, comprobable, informativa y educativa — no meramente comercial.
- Cuidado con los testimonios de pacientes. Los testimonios que no puedan comprobarse científicamente están prohibidos. Antes de subir el video de tu paciente feliz, asegúrate de entender qué sí y qué no permite la regulación.
Paso a paso: cómo presentar tu Aviso de Publicidad en DIGIPRiS
El trámite completo se hace en digipris.cofepris.gob.mx. Este es el flujo:
Paso 1. Crea tu cuenta en DIGIPRiS. Regístrate en la plataforma con tus datos y tu e.firma. Si ya hiciste tu Aviso de Funcionamiento en línea, ya tienes cuenta: usa la misma.
Paso 2. Verifica tu establecimiento. Confirma que tu consultorio aparece dado de alta con su Aviso de Funcionamiento y responsable sanitario. Este es el cimiento del trámite: sin establecimiento registrado, la plataforma no te dejará avanzar.
Paso 3. Inicia el trámite de Aviso de Publicidad. Dentro de la plataforma, entra a la sección de Publicidad y selecciona el aviso correspondiente a actividades profesionales y especialidades (servicios profesionales de salud).
Paso 4. Describe tu publicidad y los medios. Aquí cargas tu proyecto de publicidad: qué vas a comunicar y en qué medios (sitio web, redes sociales, anuncios digitales, impresos). Sé específico y honesto — declarar los medios correctos desde el inicio te evita tener que presentar modificaciones después.
Paso 5. Adjunta tus documentos. Carga tu cédula, título y los documentos de sustento. Revisa que los archivos sean legibles: los documentos ilegibles o incompletos son una causa frecuente de rechazo.
Paso 6. Firma con tu e.firma y descarga tu acuse. Firma electrónicamente, envía y descarga tu acuse con el número de aviso asignado.
Paso 7. Coloca tu número de aviso en tu publicidad. Este paso es el que casi todos olvidan: el número que te asigna COFEPRIS debe aparecer en tus anuncios y publicaciones. Inclúyelo en tu página web, en la biografía de tus perfiles profesionales y en tus campañas.
Los errores que hacen que rechacen tu trámite
Se estima que una proporción alta de solicitudes — algunas fuentes hablan de cerca de 4 de cada 10 — se rechazan por errores evitables. Los más comunes:
- Tramitar el aviso de publicidad sin tener el de funcionamiento. El error número uno. Es el paso cero por algo.
- e.firma vencida o problemas con los certificados del SAT.
- Cédulas no registradas o inconsistentes (por ejemplo, publicitarte como especialista sin cargar la cédula de especialidad).
- Proyecto de publicidad con lenguaje prohibido: "garantizado", "sin riesgos", "el mejor", testimonios sin sustento, promesas de resultados.
- Documentos ilegibles o incompletos.
- Declarar mal los medios: si vas a anunciarte en redes sociales y solo declaraste tu página web, tu publicidad en redes queda fuera del aviso.
Si te rechazan, no es el fin del mundo: corriges y vuelves a presentar. Pero cada rechazo son días o semanas de retraso en tu estrategia — mejor hacerlo bien a la primera.
¿Qué pasa si publicito mi consultorio sin el aviso?
Publicitar servicios de salud sin el aviso correspondiente puede traer consecuencias serias:
- Multas que, para un consultorio promedio, pueden representar varios meses de ingresos.
- Orden de retirar toda la publicidad infractora: borrar publicaciones, pausar campañas activas, bajar lonas y anuncios.
- En casos graves, medidas adicionales como rectificaciones publicadas a costa del infractor o clausura temporal del establecimiento.
- Un efecto colateral cada vez más común: las plataformas publicitarias como Meta y Google pueden suspender tu cuenta de anuncios ante denuncias de publicidad médica no regulada. Recuperarla puede tardar semanas y, muchas veces, implica perder el historial y el aprendizaje de tus campañas.
El contraste es claro: el trámite es gratuito y se hace en línea. No hay razón económica para no hacerlo.
Preguntas frecuentes
¿El Aviso de Publicidad tiene costo?
No. Es gratuito y se realiza en línea a través de DIGIPRiS. Desconfía de quien te cobre "derechos" por el aviso — otra cosa distinta es contratar a un gestor para que te acompañe, lo cual es opcional.
Soy psicólogo/nutriólogo/fisioterapeuta, ¿esto también me aplica?
Sí. La regulación cubre las actividades profesionales, técnicas y auxiliares de la salud, no solo a los médicos. Si difundes públicamente tus servicios, el aviso te corresponde.
¿Tengo que tramitar un aviso por cada red social?
Debes declarar en tu aviso los medios en los que vas a publicitarte. Si después agregas medios nuevos, lo correcto es presentar la modificación correspondiente.
¿Cuánto tarda el trámite?
Al ser un aviso (una notificación, no una autorización), se resuelve al presentarlo correctamente con todos los requisitos. Lo que sí toma tiempo es reunir los requisitos previos, sobre todo si te falta el Aviso de Funcionamiento o tu e.firma está vencida.
¿El aviso caduca?
El Aviso de Funcionamiento no caduca mientras el establecimiento opere en las mismas condiciones. Para tu publicidad, lo importante es que lo declarado siga correspondiendo con lo que difundes: si cambias sustancialmente tu publicidad o tus medios, presenta la modificación.
Ya tengo el aviso, ¿dónde pongo el número?
En tu publicidad: página web, biografía de tus perfiles profesionales, anuncios y material impreso.
Hazlo guiado: tu checklist COFEPRIS dentro de Meducatron
Leer una guía es un buen inicio. Tener el trámite guiado paso a paso, con tu progreso guardado, es todavía mejor.
Al registrarte gratis como profesional en Meducatron, tu panel incluye un módulo dedicado al Aviso de Publicidad COFEPRIS:
- Checklist paso a paso del trámite, para que sepas exactamente en qué punto vas y qué sigue.
- Insignia de "Aviso de Publicidad" al completar y verificar tu trámite — una señal de profesionalismo y cumplimiento frente a tus pacientes.
- Y de paso, resuelves la otra mitad de la ecuación: el aviso te permite publicitarte legalmente, y tu perfil en Meducatron es el lugar donde los pacientes te encuentran.
Regístrate gratis en Meducatron y empieza tu trámite guiado hoy
Este artículo ofrece orientación general sobre el trámite y no constituye asesoría legal ni regulatoria. Los requisitos y plataformas de COFEPRIS pueden cambiar; verifica siempre la información vigente en los canales oficiales (gob.mx/cofepris y digipris.cofepris.gob.mx) o consulta a un especialista en derecho sanitario para tu caso particular.
Equipo Meducatron — Última actualización: agosto de 2026